
En el divorcio de mutuo acuerdo los cónyuges pactan las condiciones en un convenio regulador; es más rápido y económico. En el contencioso no hay acuerdo y decide el juez. Solo hace falta que hayan pasado tres meses desde la boda.
Cuando una pareja decide separarse, una de las primeras preguntas es cómo hacerlo. En España existen dos vías: el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso. La diferencia no es solo de trámite: afecta al tiempo, al coste y, sobre todo, a quién decide sobre los hijos, la vivienda y el patrimonio.
Requisitos para divorciarse
Para pedir el divorcio basta con que hayan pasado al menos tres meses desde la boda. Este plazo no se exige si existe un riesgo para la vida, la integridad o la libertad de uno de los cónyuges o de los hijos. No hace falta alegar ningún motivo ni que haya una separación previa.
Divorcio de mutuo acuerdo
Los dos estáis de acuerdo en divorciaros y en las condiciones. Esas condiciones se recogen en un convenio regulador, que suele incluir:
- Custodia de los hijos y régimen de visitas y estancias.
- Pensión de alimentos para los hijos.
- Uso de la vivienda familiar.
- Pensión compensatoria, si procede.
- Liquidación del régimen económico (por ejemplo, de la sociedad de gananciales).
Si hay hijos menores, el juez revisa el convenio con intervención del Ministerio Fiscal para comprobar que protege su interés. Si no hay hijos menores de edad ni con medidas de apoyo, el divorcio de mutuo acuerdo puede formalizarse también ante notario, siempre con asistencia de abogado.
Suele ser más rápido, más económico y menos desgastante. Además, sois vosotros quienes decidís cómo organizar vuestra vida después.
Divorcio contencioso
Se da cuando no hay acuerdo, ya sea sobre el divorcio en sí o sobre alguna de sus consecuencias. Uno de los cónyuges presenta la demanda y es el juez quien decide, tras escuchar a ambas partes y valorar las pruebas.
Es un procedimiento más largo y costoso, y el resultado depende del criterio judicial. Mientras se tramita, pueden pedirse medidas provisionales para regular la situación de los hijos, la vivienda o las pensiones.
¿Se puede pasar de contencioso a mutuo acuerdo?
Sí. Es frecuente que, una vez iniciado el procedimiento, las partes lleguen a un acuerdo. En ese caso puede transformarse en un divorcio de mutuo acuerdo, con el ahorro de tiempo y de tensión que eso supone. Por eso, incluso en situaciones difíciles, merece la pena explorar la negociación.
La custodia de los hijos
Es la cuestión más delicada. La custodia puede ser compartida o atribuirse a uno de los progenitores, y lo que se valora siempre es el interés del menor: la relación con cada progenitor, su disponibilidad, la estabilidad o la opinión del hijo según su edad y madurez. No hay una solución automática.
Antes de dar el paso
Hay decisiones que conviene consultar antes de comunicar la separación o salir del domicilio: qué pasará con la vivienda, cómo se organizarán los gastos o qué documentación conviene reunir. Un asesoramiento a tiempo puede evitar conflictos posteriores. Si quieres, en la primera consulta revisamos tu situación y te explicamos las opciones. Más información en nuestra página de divorcios y familia.

