Tarjetas revolving: cuándo los intereses pueden considerarse usura

Persona sujetando una tarjeta de crédito

Pagas todos los meses, ves que la cuota sale puntualmente de tu cuenta y, sin embargo, la deuda apenas baja. Es una situación muy habitual con las tarjetas revolving, y tiene explicación: buena parte de lo que pagas se va en intereses.

En este artículo te explicamos cómo funcionan estas tarjetas, cuándo sus intereses pueden considerarse usurarios según el Tribunal Supremo y qué otras vías de reclamación existen.

Qué es una tarjeta revolving

Es una tarjeta de crédito en la que el cliente devuelve lo gastado mediante una cuota mensual fija o un porcentaje pequeño de la deuda. Lo que no se paga ese mes se suma al capital pendiente y vuelve a generar intereses. De ahí el nombre: el crédito «rota» sobre sí mismo.

Con cuotas bajas y tipos de interés altos, la deuda puede alargarse durante años, incluso aunque no se vuelva a usar la tarjeta.

Cuándo los intereses pueden ser usurarios

La Ley de Represión de la Usura, de 1908, permite anular un préstamo cuando el interés es notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado.

Durante años hubo debate sobre cómo aplicar esta norma a las tarjetas revolving. El Tribunal Supremo, en su sentencia de Pleno 258/2023, de 15 de febrero, fijó un criterio orientativo:

  • Hay que comparar la TAE del contrato con el tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving publicado por el Banco de España en la fecha de firma.
  • Con carácter general, el interés se considera notablemente superior cuando la diferencia supera los 6 puntos porcentuales.
  • Para contratos anteriores a 2010, cuando el Banco de España aún no publicaba esa estadística específica, se toma como referencia el dato más próximo disponible.

Por ejemplo, en el caso que resolvió esa sentencia, la tarjeta tenía una TAE del 23,9 % y el tipo medio de referencia era cercano al 20 %. Como la diferencia era menor de 6 puntos, el Supremo no apreció usura.

Qué ocurre si se declara la usura

Si el contrato es usurario, es nulo. El cliente solo tiene que devolver el capital que realmente dispuso, y el banco debe devolver lo cobrado por encima de esa cantidad: intereses, comisiones y seguros asociados.

Otra vía: la falta de transparencia

Aunque el tipo de interés no llegue al umbral de la usura, todavía puede existir otra vía. Si el banco no explicó con claridad cómo funcionaba la tarjeta, el coste real del crédito y el efecto de pagar cuotas bajas, las cláusulas de intereses pueden ser abusivas por falta de transparencia.

Esta vía exige analizar el contrato y la forma en que se comercializó la tarjeta. No todos los casos son iguales, y por eso conviene revisar la documentación antes de decidir cómo reclamar.

Cómo saber si tu tarjeta puede reclamarse

  1. Localiza el contrato o solicítalo al banco. Tienes derecho a pedir una copia.
  2. Busca la TAE que aparece en el contrato o en los extractos.
  3. Pide el cuadro de movimientos desde el inicio: cuánto dispusiste y cuánto has pagado.
  4. Compara con el tipo medio de referencia del Banco de España en la fecha de firma.

Con esa información se puede valorar si existe base para reclamar por usura, por falta de transparencia o por ambas vías.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si ya cancelé la tarjeta?

Sí, en muchos casos. Habrá que revisar los plazos aplicables a la acción de restitución y la fecha en que se canceló.

¿Y si todavía debo dinero?

También se puede reclamar. Si se declara la nulidad, se recalcula lo que debes realmente, y puede que la deuda pendiente se reduzca o incluso que el banco tenga que devolverte dinero.

¿Afecta a otras tarjetas o créditos al consumo?

El análisis es similar para otros créditos con intereses elevados, aunque el tipo de referencia es distinto según el producto.

¿Y si mis deudas son demasiado altas para pagarlas?

Si además de la tarjeta tienes otras deudas que no puedes afrontar, puede tener sentido estudiar la Ley de Segunda Oportunidad.

Revisamos tu tarjeta

En Alarte & Cruz Asociados analizamos tu contrato y tus extractos, comprobamos el tipo de interés y te explicamos qué opciones tienes. Más información sobre nuestras reclamaciones bancarias en Valencia o pide una primera consulta gratuita.


Contenido informativo elaborado por el equipo de Alarte & Cruz Asociados. No sustituye al asesoramiento jurídico individual: cada caso requiere un análisis concreto de la documentación.